Que debemos llevar en el coche para no ser multados

Nota de prensa
10 de octubre de 2008

Aunque el Director General de Tráfico ha informado que derogará la norma que obliga llevar bombillas de repuesto, SADYR aconseja tenerlas hasta que entre en vigor esta modificación en la Legislación de Tráfico

En estos últimos días, diferentes medios de comunicación han publicado que la Guardia Civil ha multado a 22.000 conductores, en tan solo dos años, por no llevar bombillas de repuesto, incluidos aquellos vehículos que utilizan faros de Xenon, cuando realmente es imposible realizar la sustitución de este tipo de halógeno fuera de un taller mecánico. Asimismo, Pere Navarro director de la DGT ha informado de la derogación de “esta obsoleta norma”.

Ante esta situación, SADYR -compañía de seguros de defensa jurídica especializada en la reclamación de daños y recursos de multas- expone, conforme a la Ley vigente, qué elementos y documentos son obligatorios llevar en turismos, furgonetas y camiones para no ser sancionados.

Actualmente y hasta que la norma sea modificada, existe la obligación de todos los vehículos de llevar un juego de bombillas o lámparas de repuesto de las luces, así como las herramientas necesarias para su sustitución. Además, los turismos, furgonetas y camiones deben llevar dos triángulos reglamentarios de señalización de peligro, una rueda de repuesto o una de uso temporal junto con las herramientas necesarias para cambiarlas y también un chaleco reflectante. En lo relativo a los vehículos destinados para uso público y camiones, también deben llevar extintores.

Aunque la gran mayoría de los conductores creen que sigue en vigor la obligatoriedad de llevar unas gafas de repuesto, para aquellos conductores que sufren una patología ocular; los cierto es que esta normativa desapareció hace más de diez años, ya no es necesario llevar este elemento en el vehículo.

El incumplimiento de estas normas se considera como infracción grave y se sancionan con multa de 91 a 300 euros, siendo la tónica general fijarlas en 150 euros.

Con respecto a la documentación relativa al vehículo, hay que tener en cuenta que una cosa es carecer de un documento, y otra no llevarla en el vehículo cuando la pida un Agente de la autoridad: ambas son infracciones y se sancionan, aunque de forma diferente. Según Vicente Romero, director general de SADYR: “Esto es importante porque mucha gente circula sin estos documentos, o incluso con fotocopias, para los casos de robo, lo cual es un verdadero error”.

Es obligatorio llevar en el vehículo los originales del permiso de conducir, el permiso de circulación y la tarjeta de ITV, y en caso de no mostrarlo al agente, se sanciona con multa de hasta 90€, siempre que se demuestre en los diez días siguientes que se posee. Cosa diferente es no poseerlo, pues puede conllevar desde una sanción de 150€ por documento, hasta penas de cárcel por el carnet.

Sin embargo, con el seguro obligatorio se acaba de realizar una modificación por el Real Decreto 1507/2008 de 12 de septiembre. Anteriormente, el no mostrar el recibo del seguro al agente, presentándolo posteriormente en un plazo de 10 días ante la Jefatura de Tráfico, llevaba aparejada una sanción de 60€. Con el cambio normativo, son los agentes los que han de comprobar la existencia del seguro mediante consulta al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados, con el consabido problema de los errores que aún se producen en la actualidad, y sólo cuando por cualquier causa no aparezca asegurado, existirá la obligación de mostrar el recibo, pero ahora ya sin la sanción de 60€.

Al igual que en los casos anteriores, cosa distinta es no tenerlo contratado, pues la sanción varía de los 601 a los 3.005 euros y el precinto del vehículo.

SADYR es una Compañía de Seguros y Reaseguros, que cuenta con más de 25 años de experiencia en Seguros de Defensa Jurídica. Especializada en el Ramo de Automóvil, presta cobertura al asegurado en procedimientos administrativos, judiciales o arbitrales, en todo el territorio nacional. Asimismo, dispone de una Red de Despachos de Abogados y Procuradores concertados en las principales ciudades de España, además de tramitadores de siniestros que le ofrecen la gestión y asesoramiento jurídico al asegurado.

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