El Arbitraje, «una necesidad» en el ámbito de las nuevas tecnologías
Comunicado de Prensa
Madrid, a 5 de Octubre de 2006
Distintos expertos debaten sobre resolución extrajudicial de conflictos en una mesa redonda organizada por la Asociación Española de Derecho de la Propiedad Intelectual, la Editorial Jurídica El Derecho y la Corte Privada de Arbitraje ARBITRALIA
La enorme complejidad que entrañan las relaciones mercantiles en el universo de las empresas dedicadas al sector de las nuevas tecnologías hace que el Arbitraje, como método de resolución extrajudicial de conflictos, se presente como un mecanismo imprescindible en aras de lograr una mayor rapidez y un menor coste económico frente a la lentitud de la jurisdicción ordinaria. Ésta es la principal conclusión extraída de la mesa redonda llevada a cabo en Madrid, en la que distintos expertos, convocados por la Asociación Española de Derecho de la Propiedad Intelectual, la Editorial Jurídica El Derecho y Arbitralia -asociación sin ánimo de lucro cuyo objetivo es dar a conocer a empresas y particulares la figura del Arbitraje- han debatido acerca de esta figura.
Esta mesa redonda se incardina dentro de la intensa actividad que Arbitralia está llevando a cabo con el fin de promover el Arbitraje en España, especialmente entre los particulares y empresas, y que se ha traducido ya en la ultimación de acuerdos con asociaciones públicas y privadas y en la organización de distintos foros, conferencias, mesas redondas y seminarios, además de la incorporación de significativos avances técnico-jurídicos en materia de procedimiento arbitral. La presente mesa redonda, celebrada bajo el lema Arbitraje y Nuevas Tecnologías ha convocado a los siguientes profesionales: Ignacio de San Juan Delgado, director general de la Asociación Española de Derecho de la Propiedad Intelectual (AEDPI) y secretario general de Arbitralia; Jose Manuel Suárez Robledano, magistrado de la Sala Civil-Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid; Ana María del Amo, de la Asesoría Jurídica de France Telecom España; Javier Fernández Samaniego, socio director de Bird & Bird España; José Luis de Castro, consejero de Bird & Bird España; José Manuel Tourné Alegre, director general de la Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual (FAP); y Manuel de Benito Ariza, jefe de la Oficina de Defensa de Propiedad Intelectual de la Sociedad General de Autores (SGAE).
Como indicó Ana María de Amo, en referencia a France Telecom, « las empresas de telecomunicaciones requieren un procedimiento de resolución de conflictos ágil y en el que se cuente tanto con conocimiento jurídico como de especialización técnica inherente al sector de las telecomunicaciones»; a nivel judicial, José Manuel Robledano se declaró asimismo «partidario de la solución arbitral, que puede resolver los problemas de lentitud de la Justicia». En el mismo sentido se manifestó José Manuel Tourné Alegre quien, tras mostrar su escasa confianza en los procedimientos civiles a la hora de resolver cuestiones sobre la propiedad intelectual, afirmó que «el Arbitraje puede resolver muchas cosas, sobre todo la saturación de los juzgados; hay muchas áreas en las que el Arbitraje puede ser útil, como es el caso de la resolución de conflictos entre entidades de gestión y los usuarios». Manuel de Benito Ariza, por su parte, consideró que «el Arbitraje es beneficioso para todos, sin duda alguna, y aporta un valor añadido del que todos los ciudadanos pueden favorecerse» y destacó las cualidades que éste aporta, como la “economía” -«los litigios resultan menos costosos que la vía ju dicial, señaló-; la “rapidez”, y el hecho de que el Arbitraje cuente con “profesionales de prestigio” -«mientras que los magistrados muchas veces no están suficientemente cualificados, en el Arbitraje es más difícil que esto ocurra», añadió-. El mismo hincapié respecto a la importancia de la «especialización» de los árbitros realizó Ignacio de San Juan Delgado.
En lo que respecta al abanico de temas que se debatieron en la mesa redonda, cabe destacar la formulación de la cuestión de si el Arbitraje es o no más rápido que la Justicia ordinaria en la resolución de conflictos; a tal respecto, San Juan Delgado aseguró, en defensa de la primera opción, que «a través del Arbitraje se puede obtener una resolución en un plazo aproximado de seis meses»; no obstante, Suárez Robledano advirtió de que el laudo arbitral, al poder ser impugnado en la jurisdicción ordinaria, puede dilatarse en el tiempo, por lo que propugnó la creación de «una sala u órgano judicial dedicado en exclusiva a resolver las impugnaciones de laudos arbitrales». Sobre esta cuestión, San Juan Delgado alegó que igualmente las sentencias judiciales pueden ser apeladas y que «comparativamente, el tiempo de resolución de un conflicto a través del Arbitraje es menor que en los juzgados».
Otro de los asuntos que se abordaron se centró en la independencia de los árbitros, llegándose a la conclusión -con alguna opinión discordante, como es el caso de Javier Fernández Samaniego- de que ésta se encuentra a niveles de igualdad con respecto a la de los jueces; en lo que se refiere al nivel de formación que poseen magistrados y árbitros para entender de las materias que les corresponden, las conclusiones de la mesa redonda dejaron patente el alto grado de especialización de los árbitros, que –como señalo Manuel de Benito Ariza -«al ser profesionales de reconocido prestigio en las áreas que les ocupan, garantizan un profundo conocimiento y cualificación en la materia que deban dirimir».
No faltaron en la convocatoria voces críticas hacia el Arbitraje; así, José Luis de Castro afirmó, a tenor de su experiencia como árbitro, que la solución arbitral «puede presentar en ocasiones aspectos negativos que pueden incidir en su coste económico». Además, afirmó que «si los árbitros no son independientes podría estar en peligro la neutralidad del laudo». Asimismo, relativizó la importancia de la especialización de los árbitros a la hora de conseguir resoluciones ajustadas a Derecho y sugirió los beneficios que, a su entender, reportaría el hecho de que las cláusulas arbitrales que se establezcan en los contratos «sean escalonadas, acudiéndose en primer lugar a la vía negociadora; si ésta fracasa, se acudiría a un mediador y, en el caso de que ambas alternativas fracasen, se dirimiría el conflicto en una corte arbitral».
En la misma línea crítica, Javier Fernández Samaniego expresó su preocupación por «la independencia de los árbitros» e indicó que «aunque un árbitro sea un especialista de reconocido prestigio puede no ser la persona adecuada», por lo que reclamó «transparencia en la elección de árbitro». Frente a estas declaraciones, Ignacio de San Juan Delgado respondió constatando que estos aspectos criticables son «problemas perfectamente solventables, que más que residir en el Arbitraje como institución residen en el cumplimiento de los reglamentos de cada Corte Arbitral en concreto, así como en su gestión y administración ».
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