Arbitralia presenta el Instituto INMEDIA, un órgano rápido, eficaz y económico para resolver conflictos de forma extrajudicial y sin llegar a una contienda
Comunicado de Prensa
31 de enero de 2007
Reconocidos especialistas ejercerán la Mediación entre partes como mecanismo previo o alternativo al también eficiente sistema del Arbitraje
La posibilidad de disponer de un elenco de profesionales independientes y especializados que asesoren, ayuden y apoyen, en la búsqueda de una solución pactada, a aquellas personas físicas y jurídicas que se encuentren enfrentadas, y así poder superar sus diferencias sin llegar a una contienda y de forma que se satisfagan sus respectivos intereses: éste es el principal beneficio socio-jurídico que aportará el Instituto de Mediación INMEDIA –unidad funcional de Arbitralia, Asociación sin ánimo de lucro cuyo objetivo es practicar y dar a conocer a empresas y particulares las figuras de la Mediación y el Arbitraje como métodos de resolución extrajudicial de conflictos- a la sociedad y al sector empresarial español e internacional.
Rapidez, flexibilidad, agilidad e inmediatez, así como en un alto grado de especialización, ventajas comunes a la Mediación y al Arbitraje como métodos de resolución extrajudicial de conflictos, se observan –tal y como señala José Luis Cabello, Abogado y Director General de Arbitralia– «aún más acentuadamente, si cabe, en el caso de recurrir a la Mediación, puesto que el éxito de ésta evitará el tener que llegar a una contienda, con la consiguiente reducción de costes y mayor ahorro de tiempo; por otra parte, recurrir a este sistema es un reflejo de madurez por parte de la sociedad».
La Mediación ejercida por el Instituto INMEDIA
Una rápida lectura del Reglamento del Instituto INMEDIA nos proporciona las características principales de su actividad mediadora.
Cabe destacar, en primer lugar, que el ámbito de aplicación de la actividad de Mediación de INMEDIA será «el de cualquier controversia derivada de una relación jurídica contractual, comercial, o de cualquier otra índole, siempre que el objeto de aquélla sea de libre disposición».
Por otro lado, respecto a la figura de los Mediadores, éstos serán en todo caso, «personas caracterizadas por su independencia y especialización», siendo su número el que libremente elijan las partes, siempre en cifra impar; «su actuación atenderá siempre a los principios de imparcialidad, equidad y justicia». Por otro lado, el miembro de INMEDIA que pueda tener un interés directo o indirecto en una Mediación se abstendrá de participar y votar en cualquier debate que afecte a dicha Mediación. Asimismo «la Mediación tendrá siempre un carácter absolutamente confidencial, que habrá de ser respetado por todos los que en ella participen»; en este sentido, la información y documentación suministrada por las partes en el proceso no podrá ser posteriormente revelada a terceros más que por aquella parte que la haya aportado al mismo.
En esta misma línea, cabe subrayar que, salvo pacto en contrario entre las partes, el Mediador queda inhabilitado para actuar en cualquier procedimiento judicial o arbitral posterior relacionado con la desavenencia objeto de la Mediación, ya sea como Árbitro, ya sea como representante o asesor de alguna de las partes; salvo pacto en contrario, las partes se comprometen a no citar al Mediador como testigo o perito en dichos procedimientos.
Finalmente, las partes pueden convenir que si la Mediación no finalizara en acuerdo, el conflicto se resuelva mediante Arbitraje seguido ante la Corte Arbitralia, y con arreglo a sus Estatutos y Reglamento.
La Mediación y el Arbitraje, eficaces en múltiples sectores de actividad
Como ha quedado puesto de relieve a lo largo de los distintos desayunos-tertulia, foros y actos convocados por Arbitralia hasta la fecha -en los que se han dado cita destacados especialistas de diferentes sectores- la Mediación y el Arbitraje pueden contribuir a una mejor solución de muchos de los problemas y conflictos que surgen en la actividad diaria de los agentes y operadores del tráfico y que, en caso de ser dirimidos en los Juzgados y Tribunales, conllevarían una notable dilación en el tiempo, con los consiguientes costes.
Acerca de ARBITRALIA
Arbitralia nace como una institución privada sin ánimo de lucro cuyo objetivo primordial es promover y facilitar a empresas y particulares las figuras del Arbitraje y de la Mediación como mecanismos de resolución extrajudicial de conflictos.
Arbitralia está integrada por un colectivo de reputados profesionales, Licenciados en Derecho y en otras disciplinas, quienes, gracias a su formación y experiencia –incluida la práctica del Arbitraje y la Mediación-, se conforman como agentes idóneos para la resolución extrajudicial de conflictos. El abanico de materias que pueden ser tratadas es muy amplio; de hecho se pueden abarcar desde cuestiones de no concurrencia hasta sector energético, pasando por propiedades especiales o construcción naval, por citar áreas muy dispares. No obstante, Arbitralia se ha especializado, a priori, en operaciones financieras, seguros, transporte, nuevas tecnologías, inmobiliario, cuestiones societarias y mercantiles en general, y relaciones jurídicas de derecho civil.
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