Arbitralia presenta el Instituto INMEDIA, una nueva entidad de servicios de Mediación.
Comunicado de Prensa
Madrid, a 31 de enero de 2007
Se trata de una de las primeras instituciones de Mediación Privada en España, a través de la cual reconocidos especialistas ejercerán una actividad mediadora entre partes en conflicto como mecanismo previo o alternativo al también eficiente sistema del Arbitraje
La Mediación puede definirse como un proceso o método de resolución de conflictos en el que las partes principales y/o sus representantes, con la asistencia de un tercero imparcial -el Mediador- consiguen por sí mismas, a través de la discusión y la negociación, adoptar acuerdos mutuamente satisfactorios.
El Instituto INMEDIA constituye una de las primeras instituciones de Mediación Privada en nuestro país, y nace en un momento óptimo para prestar sus servicios a los ciudadanos y al tejido empresarial.
La posibilidad de disponer de un elenco de profesionales independientes y especializados que asesoren, ayuden y apoyen, en la búsqueda de una solución pactada, a aquellas personas físicas y jurídicas que se encuentren enfrentadas, y así poder superar sus diferencias sin llegar a una contienda y de forma que se satisfagan sus respectivos intereses: éste es el principal beneficio socio-jurídico que aportará el Instituto de Mediación INMEDIA –unidad funcional de Arbitralia, Asociación sin ánimo de lucro cuyo objetivo es practicar y dar a conocer a empresas y particulares las figuras de la Mediación y el Arbitraje como métodos de resolución extrajudicial de conflictos- a la sociedad y al sector empresarial español e internacional.
Rapidez, flexibilidad, agilidad e inmediatez, así como en un alto grado de especialización, ventajas comunes a la Mediación y al Arbitraje como métodos de resolución extrajudicial de conflictos, se observan –tal y como señala José Luis Cabello, Abogado y Director General de Arbitralia– «aún más acentuadamente, si cabe, en el caso de recurrir a la Mediación, puesto que el éxito de ésta evitará el tener que llegar a una contienda legal, con la consiguiente reducción de costes y mayor ahorro de tiempo; por otra parte, recurrir a este sistema es un reflejo de madurez por parte de la sociedad».
Según el Reglamento del Instituto INMEDIA podrán acudir voluntariamente al mismo aquellas partes que deseen someter a Mediación cualquier controversia derivada de una relación jurídica contractual, comercial o de cualquier otra índole, siempre que el objeto de aquélla sea de libre disposición.
Por otro lado, hay que subrayar que los Mediadores son personas caracterizadas por su independencia y especialización, siendo su número el que libremente elijan las partes, siempre en cifra impar, y su actuación atenderá siempre a los principios de imparcialidad, equidad y justicia. El miembro de INMEDIA que pueda tener interés directo o indirecto en una Mediación se abstendrá de participar y votar en cualquier debate que afecte a dicha Mediación.
El procedimiento mediador tiene un carácter absolutamente confidencial que habrá de ser respetado por todos los intervinientes en el mismo. La información y documentación suministrada por las partes en el curso de la Mediación, no podrá ser posteriormente revelada a terceros más que por aquella parte que la haya aportado a la misma.
En esta misma línea, cabe subrayar que, salvo pacto contrario entre las partes, el Mediador queda inhabilitado para actuar en cualquier procedimiento arbitral posterior relacionado con la desavenencia objeto de la Mediación, ya sea como Árbitro, ya sea como representante o asesor de alguna de las partes; también salvo pacto en contrario, las partes se comprometen a no citar al Mediador como testigo o perito de dichos procedimientos.
Finalmente, las partes pueden convenir que si la Mediación no finaliza en acuerdo, el conflicto se resuelva mediante Arbitraje seguido ante la Corte Arbitralia, y con arreglo a sus Estatutos y Reglamento.
Como ha quedado puesto de relieve a lo largo de los distintos desayunos-tertulia, foros y actos convocados por Arbitralia hasta la fecha -en los que se han dado cita destacados especialistas de diferentes sectores- la Mediación y el Arbitraje pueden contribuir a una mejor solución de muchos problemas y conflictos que surgen en la actividad diaria de los agentes y operadores del tráfico y que, en caso de ser dirimidos en los Juzgados y Tribunales, conllevarían una notable dilación en el tiempo, con los consiguientes costes.
Acerca de Arbitralia
Arbitralia nace como una institución privada sin ánimo de lucro cuyo objetivo primordial es promover y facilitar a empresas y particulares las figuras del Arbitraje y de la Mediación como mecanismos de resolución extrajudicial de conflictos.
Arbitralia está integrada por un colectivo de reputados profesionales, Licenciados en Derecho y en otras disciplinas, quienes, gracias a su formación y experiencia –incluida la práctica del Arbitraje y la Mediación-, se conforman como agentes idóneos para la resolución extrajudicial de conflictos. El abanico de materias que pueden ser tratadas es muy amplio; de hecho se pueden abarcar desde cuestiones de no concurrencia hasta sector energético, pasando por propiedades especiales o construcción naval, por citar áreas muy dispares. No obstante, Arbitralia se ha especializado, a priori, en operaciones financieras, seguros, transporte, nuevas tecnologías, inmobiliario, cuestiones societarias y mercantiles en general, y relaciones jurídicas de derecho civil.
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