DELEY INFORMA SOBRE LAS INFRACCIONES COMETIDAS POR LOS CONDUCTORES QUE AFECTAN AL MEDIO AMBIENTE
Comunicado de Prensa
15 de septiembre de 2008
LA INFORMACIÓN ES LA MEJOR MEDIDA PREVENTIVA
Arrojar un cigarro, circular con un todoterreno por un monte o lavar el coche en un río son infracciones graves, que pueden ser sancionadas hasta con 6.000 euros
En muchas ocasiones, un agradable paseo con un todoterreno por un monte puede convertirse en una multa de 600 euros y, en la mayoría de los casos, se producen por la ignorancia del conductor. Por ello, DELEY, bufete de abogados que ofrece asistencia jurídica especializada a los asegurados de SADYR, informa sobre qué aspectos se deben tener en cuenta para no infringir la ley y de esta forma evitar la sanción correspondiente.
La Ley de Tráfico y Seguridad Vial establece, de forma genérica, la prohibición de arrojar a las vías cualquier objeto o sustancia. Estos tipos de comportamientos son catalogados como infracciones graves y por ello son castigados, en su caso, con sanciones que pueden llegar hasta los 301 euros de multa, incluso la posibilidad de retirada de carnet de uno a tres meses. Asimismo, esta misma Ley concreta que si al arrojar cualquier objeto éste puede provocar accidentes o afectar al medio natural, así como originar incendios, además de las sanciones anteriores, se añade una retirada de cuatro puntos.
Cuando estos actos se realizan en vías interurbanas y travesias, es competencia de la Guardia Civil tramitar estos procedimientos. Mientras que cuando se producen en los cascos urbanos son los Agentes Municipales los encargados de imponer las sanciones, que aunque no se tramitan por la Ley de Tráfico, sino por la legislación de medio ambiente, si bien no contempla pérdida de puntos, ni retirada de carnet, es más severa en el plano económico y además desconocida por los ciudadanos.
En palabras de Mª Angeles Rodríguez Olmo, directora general de DELEY: “Las campañas publicitarias han servido para concienciarnos de que algunos comportamientos contrarios al medio ambiente acarrean una sanción efectiva, pero nuestra experiencia también nos dice que preferimos recurrir porque aún nos cuesta distinguir entre lo que sería una buena conducta y lo que es una infracción: no solo es sancionable vaciar los ceniceros en la vía pública; cada día recibimos con mas frecuencia clientes denunciados por lavar el coche en una calle poco transitada, e incluso la reparación del vehículo, y esta ignorancia puede suponer una multa que suele ser de unos 150 euros, dependiendo del Ayuntamiento”.
Asimismo, la Administración Pública se ha erigido en el principal defensor del medio ambiente. De esta forma, conductas usuales hasta no hace mucho tiempo, como lavar vehículos en las calles o cerca de ríos o arroyos, ahora suponen una infracción tramitada por la Ley de Aguas, con multas impuestas que pueden ascender hasta los 6.010 euros.
En otro sentido, es de destacar que tanto la normativa estatal como la propia de los diferentes ayuntamientos restringen acciones tales como la emisión de ruidos, gases, humos y otros contaminantes, y que los límites vienen establecidos para cada vehículo reglamentariamente. Si bien para estos casos suele haber unanimidad en establecer multas que pueden llegar hasta los 301 euros, cada Ayuntamiento tiene sus propios controles, medidas, límites, y sanciones.
Hay que hacer especial referencia a la circulación de cualquier tipo de vehículo por vías pecuarias (cañadas, cordeles o veredas), montes, parques naturales,…Tanto la normativa estatal como la propia de cada Comunidad Autónoma son tajantes en lo que se refiere a la circulación de todoterrenos, motocicletas, quads,…: está expresamente prohibida su circulación en estas zonas y su infracción es sancionable con multas de hasta 600 euros; la única salvedad a esta prohibición se refiere a tractores o vehículos que posean autorización expresa (por escrito) y previa por parte de la Administración competente, teniendo establecida le velocidad máxima en 20 Km/h.
Según Mª Ángeles Rodríguez Olmo: “Lo cierto es que entre la mayoría de personas que acuden a nosotros tras recibir denuncias relativas a medio ambiente detectamos un gran desconocimiento de la normativa que se les aplica y, por supuesto, un gran sentimiento de indefensión ante las sanciones que se les avecina”. Y añade: “Igualmente constatamos a lo largo de nuestros años de experiencia que son cada vez más los denunciados que solicitan nuestros servicios porque encaran estos procedimientos sancionadores recurriendo y confiando en la justicia”. Y concluye, “Nuestro consejo es que la información y el conocimiento es la mejor medida preventiva, si vamos a realizar alguna actividad en el monte, el pantano u otro lugar al aire libre, primero debemos acudir a los ayuntamientos o centros de información para saber exactamente que está prohibido y que está permitido. Y siempre por escrito mediante autorizaciones o folletos con rutas autorizadas”.
DELEY, bufete de abogados que ofrece asistencia jurídica especializada y de máxima calidad, avalada por los más de 10 años de experiencia de su equipo. Un equipo humano que busca el trato personalizado con el cliente y que trabaja con absoluta rigurosidad y eficacia. Cuenta con una amplia experiencia en tramitar y gestionar recursos, reclamaciones, procedimientos judiciales y transacciones amistosas.
SADYR , Compañía de Seguros y Reaseguros, que cuenta con más de 25 años de experiencia en Seguros de Defensa Jurídica, presta cobertura al asegurado en procedimientos administrativos, judiciales o arbitrales, en todo el territorio nacional. Asimismo, dispone de una Red de Despachos de Abogados y Procuradores concertados en las principales ciudades de España, además de tramitadores de siniestros que le ofrecen la gestión y asesoramiento jurídico al asegurado.
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