Las empresas pueden anticiparse a los procesos concursales

Artículo de Opinión
Auxiliadora Blázquez Godoy, Letrada de IURE Abogados

Todo emprendedor a la hora de poner en marcha un negocio tiene que ser consciente que, por un lado, puede crecer y cumplir sus expectativas y previsiones, pero por otro, se pueden producir situaciones de crisis, con riesgo de incumplimiento total o parcial de sus obligaciones, ya sean éstas con sus proveedores, trabajadores, entidades financieras o administraciones públicas. Por todo ello, es primordial diseñar un plan económico – jurídico en las principales áreas de la empresa: laboral, financiera, producción y fiscal, para anteponerse y evitar que una situación de dificultad temporal pueda llevar a la empresa a una situación en la que se deba proceder a solicitar la declaración del concursos de acreedores.

Una de las principales partidas de la cuenta de resultados es la de Recursos Humanos, su eventual sobrecoste llevaría consigo un grave problema de tesorería. Para evitar esto resulta esencial realizar un trabajo de prevención en este área, analizando individualmente qué contrato se adecúa mejor a cada empleado en función de las necesidades de la empresa y establecer, en aras de favorecer una mayor implicación de los trabajadores, planes de retribución que contemplen, por ejemplo, pluses sobre productividad y beneficio, fomentando así la retribución variable, asegurando de esta forma la continuidad de los trabajadores en épocas con mayores dificultades.

El sobrecoste laboral conlleva igualmente un incremento asociado al organismo público de la Seguridad Social, gasto mensual que en muchas ocasiones resulta difícil poder hacer frente. En este sentido lo importante es anteponerse a dicha situación para evitar el impago, dado que el mismo lleva consigo el devengo de una serie de recargos, así como intereses de demora muy elevados. Así ante la imposibilidad de hacer frente a su pago, derivado de una situación de falta de liquidez transitoria, es conveniente proceder al pago de la cuota obrera, cantidad a todos los efectos inaplazable y plantear respecto a la cuota empresarial un aplazamiento a más largo plazo, basando dicho aplazamiento en el cash flow de la sociedad.

Por lo que respecta al área financiera, la reciente Ley de Fomento de la Financiación Empresarial afecta a las diferentes opciones de financiación, por lo que los empresarios deben conocer, de forma exhaustiva, cuáles son sus obligaciones, los riesgos inherentes a cada producto, las ventajas con respecto a otros, requisitos para su solicitud, su posible renegociación y aplazamientos, entre múltiples gestiones y documentos que se deben realizar.

En este contexto, por lo que respecta a los productos bancarios, una de las principales novedades que contempla la Ley es la obligación de comunicar con antelación, de al menos tres meses, y por escrito a las pequeñas y medianas empresas las restricciones a la financiación de la que venían gozando. De esta forma, podrán buscar métodos alternativos de financiación o ajustar su tesorería para evitar la paralización de la misma.

Por otro lado, uno de los aspectos más relevantes que introduce también esta Ley es el referido a las plataformas de financiación participativa o crowdfunding. Dichas plataformas, que consisten en la participación masiva de inversores que financian con cantidades reducidas, pequeños proyectos de alto potencial, tienen a partir de ahora un Régimen Jurídico especifico por el que se reserva su actividad a entidades autorizadas, con el objetivo de salvaguardar la estabilidad económica y financiera; además, se aclaran las normas aplicables a los sujetos que utilicen esta vía de financiación.

Otra de las claves importantes para conseguir la continuidad y sostenibilidad de la compañía es la planificación jurídica de los elementos productivos. En la ejecución de la actividad mercantil pueden detectarse los riesgos que diariamente pueden llegar a comprometer sus beneficios y, en última instancia, su viabilidad, para lo cual debe plantearse la posibilidad de aislar tales riesgos en múltiples sociedades. Por ejemplo, en dos líneas de negocio desarrolladas por la misma empresa, de las cuales una produce beneficios mientras que la otra genera pérdidas. Si ambas actividades se integrasen en la misma sociedad, resulta obvio que el incremento de las pérdidas arrastraría la línea que produce beneficios, pudiendo conllevar, en última instancia, al cierre de la empresa. Por ello, hubiera sido deseable haber separado ambas líneas de negocio en dos sociedades independientes, de forma que las eventuales pérdidas de una, no conlleven el arrastre de la beneficiosa.

Un elemento común en las empresas es que en algún momento de su vida atraviesa situaciones en las que resulta difícil cumplir con las obligaciones impuestas por la administración tributaria. Para ello es aconsejable realizar una previsión económica del gasto en los diferentes tributos y una planificación fiscal de la actividad, para que llegado el momento de cumplimiento de las obligaciones y pago de los diversos tributos, la liquidez de la compañía sea suficiente.

Si bien debemos tener en cuenta que algunos impuestos se puede aplazar el pago, otros como las retenciones de IRPF son inaplazables, por lo que en el momento en que se abone la nómina al trabajador, el importe de la retención es conveniente que no se aplique a otros gastos, para así prever con suficiente antelación el ingreso de las mismas a la AEAT. En lo que respecta a las garantías que exige la Agencia Tributaria para conceder aplazamientos, a parte de las que se utilizan habitualmente, está aceptando otras como derechos de crédito (facturas de clientes) o inmuebles de la empresa (valorados por un tasador independiente).

Con todo ello, y con una vigilancia de forma continua ante cualquier desviación, evitaremos en la medida de lo posible, situaciones de crisis que pueden desembocar no solo en un concurso de acreedores, sino también un una liquidación total de la sociedad. Es por ello la importancia de llevar a cabo políticas preventivas en la empresa que eviten riesgos, aunque el crecimiento sea más lento, pero que si procuren su continuidad.

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