Las últimas cifras sobre saturación de la Justicia evidencian los beneficios de acudir al Arbitraje

Comunicado de Prensa
15 de Octubre de 2007

Los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid denuncian la situación “crítica” que padecen sus juzgados

Los tribunales de Justicia cada día se encuentran más saturados: prueba de ello es la denuncia y petición de ayuda que los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid acaban de hacer pública, calificando de «crítica» la situación de colapso que se vive en sus juzgados.

Por otro lado, las cifras a nivel nacional hablan por sí solas: un total de 2.331.557 causas pendientes de resolución se acumulaban en los juzgados al terminar el año 2006, según los últimos datos anuales ofrecidos por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Esta cifra supone un 7,2 por ciento más que el número de causas en tramitación a finalizar el año 2005, que se situó en 2.174.787 asuntos pendientes.

En contra de lo que pudiera parecer, estas cifras no significan que los jueces resuelvan menos –éstos mantienen una eficacia incluso mayor que en los últimos años-, sino que los ciudadanos recurren cada vez más a la Justicia para resolver sus conflictos. Así, frente a los 7.486.044 casos que ingresaron en los juzgados en 2004, la cifra, en 2006, superó los 8 millones.

En este contexto, según afirma José Luis Cabello Astolfi, abogado y director general de Arbitralia -organización sin ánimo de lucro cuyo principal objetivo es dar a conocer a empresas y particulares las figuras del Arbitraje y la Mediación, así como administrar procesos arbitrales y mediadores a través de su Corte Arbitral y su Instituto de Mediación, respectivamente- «estos datos ponen, una vez más, de manifiesto, que los órganos de Justicia se encuentran cada vez más saturados, situación que constituye un campo abonado para acudir, en aquellos casos en los que sea procedente –que son aquellas materias respecto de las cuales las partes tienen poder dispositivo- a sistemas alternativos de resolución de controversias, como son la Mediación y el Arbitraje».

En este mismo sentido, Jaime Enrique Cuevas Martínez –abogado, Socio-Director de la firma Praxis Legal Solutions y Vocal de la Junta Directiva de Arbitralia– añade que «la actual dinámica globalizadora y los requerimientos de la coyuntura social, política y económica propios de la Sociedad de la Información, junto con el idóneo instrumento jurídico que supone la vigente Ley de Arbitraje 60/2003, de 23 de Diciembre, hacen deseable una recuperación y revalorización de la fórmula arbitral para solventar las discrepancias sin tener que acudir a la vía judicial».

Importantes ventajas del Arbitraje

Las ventajas que ofrece el Arbitraje en la resolución de conflictos son, fundamentalmente:

Rapidez: el plazo aproximado de resolución de una controversia es de seis meses, un tiempo muy inferior a la tramitación de una causa por la vía judicial.

Menor coste económico: El Arbitraje tiene una sola instancia, mientras que en la jurisdicción ordinaria hay diversas instancias; ello deriva en una menor repercusión económica para los litigantes.

Confidencialidad: el Arbitraje es confidencial, lo que supone una gran ventaja sobre todo en el mundo empresarial.

Agilidad e inmediatez: los plazos seguidos de cara a la resolución de la controversia son más breves que en la vía jurisdiccional.

Especialización: los Árbitros son profesionales de prestigio y especialistas en la materia sobre las que actúan.

Independencia e imparcialidad: al igual que los jueces, los árbitros son profesionales que actúan de forma imparcial e independiente, pudiendo ser recusados si alguna de las partes alega motivos fundados para ello.

Amplia disponibilidad territorial, lo que permite el acercamiento a las partes.

Voluntad de servicio a las partes, dentro de los límites que establece el ordenamiento jurídico.

Estos beneficios, como indica José María Nebot Lozano –Abogado del Estado y miembro de la Junta Directiva de Arbitralia– «se producen sin merma de la seguridad jurídica, por las garantías que comporta el procedimiento arbitral y por la firmeza y ejecutabilidad en los laudos dictados por los árbitros».

Por otra parte, el abanico de materias en las que cabe beneficiarse de sistemas extrajudiciales de resolución de conflictos, como es el caso del Arbitraje, es amplísimo: Operaciones financieras, Seguros, Competencia, Comercialización y Distribución, Publicidad, Mercadotecnia, Transporte, Informática, Nuevas tecnologías, Franquicias, «Mercadeo», Tráfico marítimo, Construcción naval, Compraventa mercantil, Comisión y mandato, Agencia, Títulos valores, Relaciones societarias, Morosidad, Situaciones concursales, Acuerdos de Confidencialidad, No concurrencia, Urbanismo, Sector inmobiliario, Sector energético, Minería, Obligaciones y contratos civiles, Derechos reales, Propiedad intelectual, Propiedades especiales, Familia, Sucesiones…

ARBITRALIA es una Institución sin ánimo de lucro dedicada al Arbitraje y la Mediación para la resolución extrajudicial de conflictos. Los destinatarios de su actividad son todas aquellas personas físicas y jurídicas en cualquiera de sus situaciones jurídicas civiles y mercantiles siempre que no ostenten la condición legal de consumidores y/o usuarios. Su equipo está formado por un amplio colectivo de contrastados profesionales, Licenciados en Derecho y otras disciplinas, con una dilatada experiencia en el sector. Entre sus rasgos diferenciadores destacan su especialización, independencia e imparcialidad, así como su voluntad de servicio a las partes y su vocación hacia el ámbito internacional. El espectro de materias que aborda es muy amplio, desde las operaciones financieras, competencia, distribución, comercialización, seguros… hasta las nuevas tecnologías, franquicias, tráfico marítimo, o la construcción naval, entre otros.

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