MULTAUTO ADVIERTE QUE NEGARSE A REALIZAR LA PRUEBA DE ALCOHOLEMIA TRAE CONSECUENCIAS PENALES
COMUNICADO DE PRENSA
MAYO 2004
Las pólizas de seguros excluyen la cobertura, hallándose el conductor bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
Código Penal castiga como delito de desobediencia grave el hecho de negarse a someterse a las pruebas de alcoholemia
MULTAUTO, compañía de servicios jurídicos al automovilista, en su actividad diaria de defensa y asesoramiento al automovilista, advierte que existe una gran mayoría de conductores, que desconocen las circunstancias que se derivan de dar positivo en una prueba de alcoholemia o de negarse a realizarla. Por ello, cree conveniente prevenir sobre los errores y falsas creencias que habitualmente se producen.
1º.- Desconocimiento de tasas vigentes. La Ley prohíbe a los conductores circular con una tasa de alcohol superior a 0,25 mlg/l en aire respirado y de 0,5 g/l en sangre. Para conductores noveles (menos de 2 años de carné) y vehículos destinados al transporte de mercancías (con PMA de más de 3500 kg, mercancías peligrosas, etc.) y viajeros (más de 9 plazas, servicio público, etc.) la tasa es de de 0,15 mlg./l en aire y 0,3 g./l en sangre.
2º.- Confusión de tasas en aire con tasas en sangre. Muchos conductores creen que el límite está en 0,5. y que si al soplar, dan un resultado menor, no habrán cometido infracción alguna. No es cierto. Las pruebas a las que se someten los conductores en un control de alcoholemia miden la tasa de alcohol en aire espirado al soplar, por lo tanto, la tasa límite es de 0,25 y no de 0,50 pues este es el límite máximo en caso de que se practique un análisis de sangre.
3º.- Desconocimiento de las consecuencias penales de negarse a soplar: El Art. 380 del Código Penal castiga como delito de desobediencia grave el hecho de negarse a realizar una prueba de alcoholemia, con penas que van de 6 meses a 1 año de prisión. Por otro lado, negarse a soplar tampoco evita necesariamente la condena por conducir bajo los efectos del alcohol y, por tanto, es posible que no se evite la retirada del permiso de conducir. La negativa a soplar generalmente dará lugar a que se inicie un procedimiento penal por presunto delito de desobediencia grave. Además, si los agentes consignan en el atestado que se aprecia en el conductor síntomas que evidencian el consumo de alcohol, hecho que suele ocurrir en la práctica, se imputa un presunto delito contra la seguridad del tráfico, por lo que el conductor estaría expuesto a ser condenado no por uno, sino por dos delitos.
4º.- Consecuencias penales de conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas: Muchos conductores creen que si son condenados por este delito, el tiempo de retirada del permiso de conducir es de 1, 2 ó 3 meses. No es cierto. Esto sólo ocurre en sanciones administrativas y, sin embargo, para este delito, el Código Penal prevé retiradas de entre 1 y 4 años y una multa que suele ser bastante cuantiosa.
5º.- Las pólizas de seguros excluyen la cobertura por hechos causados hallándose bajo la influencia de bebidas alcohólicas. Normalmente se tiene la creencia de que el seguro presta normal cobertura al tener un accidente, aunque se conduzca bajo los efectos del alcohol. No es cierto. La aseguradora abonará, en un primer momento, la indemnización al perjudicado, pero podrá reclamar lo pagado al conductor, al propietario del vehículo y al asegurado, ya que es un riesgo excluido de las pólizas.
En definitiva, la ingestión de alcohol, por encima de los limites permitidos, es uno de los factores constatados como más peligrosos para la circulación vial por el riesgo de accidente que entraña, por lo que Multauto quiere insistir, con el fin de lograr una mayor seguridad para todos, que siempre debe evitarse el consumo de alcohol cuando se tiene que conducir.
El GRUPO MULTAUTO es la primera compañía de servicios jurídicos al automovilista, servicios que ya se prestan a las propias marcas de vehículos, compañías de seguros, flotas de renting y alquiler, empresas de transporte, grupos logísticos y a su amplia cartera de PYMES y clientes personales. La compañía ha participado en la tramitación parlamentaria de la nueva Ley sobre Tráfico y presta servicios tan importantes como Ayuda Legal 24 horas y asistencia letrada para los juicios rápidos.
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