SADYR INFORMA SOBRE COMO ACTUAR ANTE UN CONTROL DE ALCOHOLEMIA

Comunicado de Prensa
9 de diciembre de 2008

Negarse a realizar la prueba del nivel alcohol en sangre puede suponer seis meses de prisión

Las Navidades son fechas en las que abundan las cenas de empresa, fiestas y reuniones con amigos y familiares, en las que el consumo de alcohol es muy habitual. Por este motivo, como en años anteriores, diferentes organismos, los ayuntamientos y la DGT hacen unas campañas intensivas de prevención de alcoholemia incrementando notablemente el número de controles. Por todo ello, SADYR expone los siguientes consejos sobre la manera de actuar ante un control de este tipo y de las consecuencias que puede acarrear una errónea decisión en esos momentos:

En primer lugar, en ningún caso hay que negarse a realizar la prueba de alcoholemia, debido a que esto implica que pueda ser considerado como delito de desobediencia grave a la autoridad, castigado con una pena privativa de libertad de 6 meses a un año.

Es necesario que el agente explique el motivo de la parada y ofrecerá realizar la prueba con un etilómetro, con la boquilla precintada y de uso individual, y enseñar el resultado al conductor. Es conveniente estar pendiente de que todo este proceso se cumpla.

Hay que tener muy en cuenta que aunque se arroje una tasa inferior a 0,60 mg/l., el agente tiene potestad discrecional para decidir si el asunto queda en una sanción administrativa o un delito; y ello, va a depender en gran medida de la forma en que pare el vehículo cuando han dado el alto, si se ha cometido previamente alguna infracción, del comportamiento del conductor con los agentes, y por supuesto, de los síntomas externos como el habla, la mirada, entre otros.

Es muy importante recurrir la sanción desde el primer aviso, es decir, con el propio boletín de denuncia que se entrega en mano el día que ocurre el hecho. Sin esperar a que llegue, más adelante, por correo certificado.

Límites marcados por la Ley y su sanción correspondiente

* El máximo permitido es 0,25 mg/l., de manera que si resulta una tasa inferior a ésta, no hay infracción ninguna y se podrá seguir circulando con el vehículo.

* Si la tasa de alcoholemia ha sido superior a 0,25 mg/l. será constitutivo de una sanción administrativa, con una multa que lleva aparejada la retirada del permiso de conducir entre 1 y 3 meses, retirada de 4 a 6 puntos (dependiendo de si el que sanciona es la DGT o agentes municipales) y una sanción económica de entre 301 y 600 €uros.

* Si la tasa de alcoholemia es superior a 0,60 mg/l en aire expirado, esta acción constituye un Delito contra la Seguridad del Tráfico, ello implica que las consecuencias serán penales. Este delito se castiga con la pena de prisión de 3 a 6 meses o la multa de 6 a 12 meses, más trabajos en beneficio de la comunidad y retirada del permiso entre 1 y 4 años; y además, quedan antecedentes penales. Por lo que es conveniente la asistencia de un abogado especializado en la defensa de estos delitos.

En palabras de Vicente Romero, director general de SADYR: “Para asegurar la protección legal de nuestros asegurados, SADYR ha firmado un acuerdo con el despecho de abogados DELEY, con una amplia experiencia en los asuntos penales por alcoholemia”

SADYR es una Compañía de Seguros y Reaseguros, que cuenta con más de 25 años de experiencia en Seguros de Defensa Jurídica. Especializada en el Ramo de Automóvil, presta cobertura al asegurado en procedimientos administrativos, judiciales o arbitrales, en todo el territorio nacional. Asimismo, dispone de una Red de Despachos de Abogados y Procuradores concertados en las principales ciudades de España, además de tramitadores de siniestros que le ofrecen la gestión y asesoramiento jurídico al asegurado.

Para más información:

Recursos de Mercado – Gabinete de Prensa de SADYR
Tf: 91 547 08 04 E-mail:

 

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