Según IURE Abogados…  El escenario preconcursal debe ser el motor en las negociaciones de refinanciación

Comunicado de prensa
11 de diciembre de 2014

En muchas ocasiones resulta complicado creer que se lleven a cabo acuerdos de refinanciación con las entidades financieras que permita la continuidad de la actividad de una sociedad viable, a pesar de que no pueda hacer frente a los importes de los productos financieros con los ingresos de la actividad. No obstante, cuando las negociaciones no alcanzan el resultado pretendido surge el escenario preconcursal como motor para reactivar dicha negociación.

En este sentido, María Auxiliadora Blázquez, letrada de IURE Abogados, indica: «Un ejemplo, que clarifica esta situación, es la refinanciación de la deuda planteada por la mercantil Condesa, la cual se ha visto beneficiada tras la publicación de la Ley 17/2014 de 30 de septiembre por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial, que modifica entre otros, la Disposición Adicional Cuarta de la Ley Concursal».

Reiterando la capacidad del escenario preconcursal de forzar a las partes a alcanzar un acuerdo de refinanciación basado en un plan de viabilidad, se refuerzan los acuerdos alcanzados de manera que no puedan ser reintegrados, lo que favorece dicha negociación.

Pero no solo se protegen, sino que homologando el acuerdo y alcanzando las mayorías necesarias, aquellos acreedores financieros que no hayan aceptado el acuerdo pueden quedar obligados a pasar por los efectos de dicho acuerdo, en particular, las esperas, quitas o conversión del crédito en capital. Para ello, se exigen que el acuerdo haya sido alcanzado por al menos el 60% del pasivo financiero, extendiendo a los no adheridos solo las esperas inferiores a cinco años, y en el caso de ser alcanzado por el 75% todos los demás efectos.

De esta manera, obtenemos una implicación en la actividad de la sociedad por parte de las entidades financieras, que apuestan por la continuidad de las empresas viables, si bien, teniendo en cuenta que en el caso de capitalización de los créditos pasarían a ser socios de la misma, con los consecuentes derechos que ello conlleva.

En este contexto Blázquez indica: «Es muy importante que en el momento en que se prevea la imposibilidad de hacer frente a los compromisos de financiación, se planteen negociaciones con las entidades financieras al amparo de un preconcurso de acreedores, de manera que con un plan de viabilidad elaborado de forma conjunta con el cliente, se pueda plantear a la entidad financiera acuerdos no susceptibles de reintegración, y lo que es más necesario, realistas a la hora de su cumplimiento».

IURE Abogados nace en 1987 en Alcalá de Henares, y posteriormente, en 2004, abre despacho en Madrid, con una clara vocación de servicio al cliente empresa, continuando con la trayectoria de especialización en la adecuada gestión de crisis empresarial, tanto en fase preventiva como en situación de insolvencia. A lo largo de estos años, los profesionales de IURE Abogados han adquirido la experiencia necesaria para brindar a sus clientes el asesoramiento más adecuado, según la situación particular de cada empresa y con el firme objetivo de prevenir a tiempo situaciones de insolvencia, buscando siempre las mayores garantías de continuidad de las diferentes unidades de negocio y procurando la protección de los administradores societarios de eventuales responsabilidades.

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